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  • Congreso aprueba en segunda votación ley que incorpora delitos de lesa humanidad en el Código Penal, pero organizaciones de DD.HH. advierten que facilita la impunidad

    La Comisión Permanente ratificó la norma impulsada por Fernando Rospigliosi con 14 votos a favor y 9 en contra. Organismos de derechos humanos, congresistas de la oposición y expertos en derecho penal alertan que la ley añade requisitos ausentes en el Estatuto de Roma y podría permitir el archivo de casos emblemáticos como Barrios Altos, La Cantuta y las esterilizaciones forzadas.

    Congreso aprueba en segunda votación ley que incorpora delitos de lesa humanidad en el Código Penal, pero organizaciones de DD.HH. advierten que facilita la impunidad
    La Comisión Permanente del Congreso aprobó este jueves en segunda votación, con 14 votos a favor y 9 en contra, el proyecto de ley que incorpora el delito de lesa humanidad en el Código Penal peruano. La iniciativa, impulsada por el congresista Fernando Rospigliosi de Fuerza Popular, queda lista para ser promulgada o, en su defecto, observada por el Poder Ejecutivo. Sin embargo, organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos advierten que, lejos de fortalecer la persecución penal de estos crímenes, la norma añade requisitos que podrían facilitar el archivo de investigaciones y la revisión de condenas ya dictadas, favoreciendo la impunidad.

    La votación y el intento de reconsideración

    La primera votación de la ley se dio el 23 de junio en el Pleno del Congreso, con 63 votos a favor, 31 en contra y 15 abstenciones. La segunda votación en la Comisión Permanente fue más ajustada: 14 a favor y 9 en contra.

    Tras la ratificación, se presentó una moción de reconsideración para revertir la aprobación. El pedido obtuvo 11 votos a favor y 11 en contra, pero necesitaba 15 para prosperar, por lo que el resultado quedó firme y la ley siguió su curso.

    ¿Qué establece la norma?

    La ley crea un nuevo capítulo dentro del Código Penal dedicado a los delitos contra la humanidad e incorpora el artículo 324-A, que define el delito de lesa humanidad. Según ese texto, cometerá lesa humanidad quien, como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque, incurra en homicidio calificado, trata de personas, secuestro, violación sexual, desaparición forzada o tortura. La pena va de 30 años de cárcel a cadena perpetua.

    El punto más controvertido es su aplicación inmediata: la norma alcanzará a los casos en trámite donde ya se haya invocado la figura de lesa humanidad, así como a procesos con condena que aún estén en revisión. Si un hecho no cumple los requisitos que exige la nueva ley, será juzgado como delito común con las penas ordinarias del Código Penal.

    La alarma de las organizaciones de DD.HH.

    La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) señaló que la ley representa un grave retroceso para el acceso a la justicia de las víctimas. Explicó que al restringir su aplicación en casos de desaparición forzada, tortura y secuestro, la norma vulnera obligaciones internacionales del Estado peruano e instó al presidente Balcázar a observarla.

    El abogado Carlos Rivera Paz, del Instituto de Defensa Legal, fue contundente: advirtió que la norma "solo servirá a los perpetradores" de los crímenes que busca regular y la calificó como inconstitucional.

    La congresista Ruth Luque sostuvo que el dictamen "desconfigura por completo" el delito de lesa humanidad y acusó al fujimorismo de ratificar su desprecio por las víctimas.

    La congresista Flor Pablo Medina calificó la ley de "nefasta" y advirtió que podría permitir la revisión de 150 condenas y más de 600 procesos en curso, entre ellos los casos Barrios Altos, La Cantuta y las esterilizaciones forzadas.

    Más de 100 acusados ya buscan beneficiarse con leyes similares

    Una investigación de OjoPúblico reveló que las leyes de prescripción y amnistía aprobadas anteriormente por el Congreso ya generaron efectos concretos: hasta septiembre de 2025, 104 personas acusadas por violaciones a los derechos humanos durante el conflicto armado interno solicitaron acogerse a esos beneficios, buscando archivar 47 investigaciones fiscales por homicidio calificado, desapariciones forzadas, torturas y abuso de autoridad. Más de la mitad de esas solicitudes fueron rechazadas por el Ministerio Público y el Poder Judicial.

    Entre agosto y septiembre de 2025, treinta acusados presentaron 21 pedidos de amnistía adicionales, entre ellos procesados por la masacre de Cayara, en Ayacucho.

    La aprobación de esta ley se enmarca en una serie de normas impulsadas por el Congreso saliente que han sido cuestionadas por organismos nacionales e internacionales de derechos humanos. Semanas atrás, la CIDH ya había rechazado otra ley que trasladaba al fuero militar el juzgamiento de abusos cometidos por policías y militares.

    La Corte Interamericana de Derechos Humanos señaló en octubre de 2025 que el Estado peruano incurrió en un nuevo desacato al aprobar la ley de prescripción de delitos de lesa humanidad, y recordó que los jueces están facultados para inaplicar normas contrarias a la Convención Americana de Derechos Humanos.

    El Tribunal Constitucional, por su parte, declaró infundada en diciembre de 2025 la demanda de inconstitucionalidad contra la ley de prescripción, lo que para la CNDDHH significó la "legalización de la impunidad".

    La decisión de promulgar u observar esta nueva ley recae ahora en el presidente Balcázar, quien se encuentra en sus últimas semanas de gobierno. Si no actúa dentro del plazo constitucional, la norma se promulgaría por el solo transcurso del tiempo.

    La ley de lesa humanidad aprobada por el Congreso enfrenta al país a un debate de fondo: qué valor le da el Estado peruano a la justicia para las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos. Mientras sus promotores la presentan como un ordenamiento necesario del marco penal, organizaciones nacionales e internacionales la consideran una herramienta que podría abrir la puerta al archivo de los casos más emblemáticos del conflicto armado. La decisión del presidente Balcázar de promulgarla u observarla será una de las últimas ?y más trascendentes? de su mandato.


    Fuente: LA REPÚBLICA / Redacción: RADIO TRUENO

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