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  • Tribunal Constitucional deja sin efecto órdenes de captura contra Alan Azizollahoff por prescripción de su pena

    El TC declaró fundada la demanda de hábeas corpus presentada por la defensa del empresario y determinó que la pena de cuatro años de prisión impuesta por el caso Utopía había prescrito. La decisión permite dejar sin efecto las órdenes de captura nacionales e internacionales en su contra.

    Tribunal Constitucional deja sin efecto órdenes de captura contra Alan Azizollahoff por prescripción de su pena
    El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada la demanda de hábeas corpus presentada por la defensa de Alan Michael Azizollahoff Gate, condenado por el caso de la discoteca Utopía, y determinó que la pena de cuatro años de prisión efectiva que se le impuso había prescrito.

    La decisión fue adoptada mediante la Sentencia 170/2026, correspondiente al Expediente N.° 01771-2025-PHC/TC. El máximo tribunal constitucional concluyó que el plazo de prescripción de la pena debía contabilizarse desde el momento en que la condena quedó firme.


    Órdenes de captura quedan sin efecto

    Como consecuencia de la prescripción, el TC ordenó dejar sin efecto todas las órdenes de captura nacionales e internacionales que habían sido emitidas contra Azizollahoff. Asimismo, dispuso restituir su libertad de tránsito, al considerar que ya no correspondía mantener las restricciones destinadas a ejecutar una pena que, según el fallo, había prescrito.

    El tribunal también dejó sin efecto resoluciones judiciales anteriores que habían rechazado el pedido de prescripción presentado por la defensa del empresario.

    Uno de los principales argumentos del TC fue que la condena quedó firme el 11 de mayo de 2015. Desde esa fecha debía comenzar a contabilizarse el plazo de prescripción de la pena.

    Según el tribunal, correspondía aplicar un plazo de seis años. Además, señaló que no se acreditó que la pena hubiera comenzado a ejecutarse ni que Azizollahoff hubiera sido aprehendido por la comisión de un nuevo delito doloso, circunstancias que podrían haber interrumpido el cómputo.

    De esta manera, el plazo habría vencido en 2021 sin que la pena pudiera ejecutarse posteriormente.


    Condena por el caso Utopía

    El caso se remonta al 20 de julio de 2002, cuando un incendio en la discoteca Utopía, ubicada en el Jockey Plaza, provocó la muerte de 29 jóvenes.

    Azizollahoff y Édgar Paz Ravines, quienes estaban vinculados a la administración del establecimiento, fueron condenados por homicidio culposo por omisión impropia. En 2014, el Poder Judicial les impuso cuatro años de prisión efectiva, sentencia que quedó firme en mayo de 2015.

    La investigación judicial determinó que la discoteca no contaba con condiciones adecuadas de seguridad para enfrentar una emergencia, entre ellas medidas básicas contra incendios y vías de evacuación suficientes.


    La decisión no elimina los hechos ni la sentencia

    La resolución del Tribunal Constitucional no declara que Azizollahoff sea inocente ni modifica los hechos establecidos en el proceso judicial. La decisión se refiere específicamente a la prescripción de la ejecución de la pena.

    Con el fallo, las órdenes de captura emitidas para lograr su ubicación y posterior cumplimiento de la condena quedan sin efecto, debido a que el TC considera que el plazo legal para ejecutar la pena ya había transcurrido.

    La decisión vuelve a poner en el centro del debate el caso Utopía, una de las tragedias más recordadas de las últimas décadas y que, más de 24 años después del incendio, continúa generando cuestionamientos y atención pública.





    Fuentes: RPP NOTICIAS Y LA REPÚBLICA./ Redacción: RADIO TRUENO.

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