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  • Martín Vizcarra: Poder Judicial declara infundado pedido de anulación de casos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua

    La Corte Suprema declaró infundado el recurso de casación presentado por la defensa de Martín Vizcarra, que buscaba anular el inicio del juicio oral por los presuntos sobornos recibidos cuando fue gobernador regional de Moquegua.

    Martín Vizcarra: Poder Judicial declara infundado pedido de anulación de casos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua
    El Poder Judicial rechazó el intento del expresidente Martín Vizcarra por detener el juicio oral en su contra por presunto cobro de sobornos en las obras Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua. La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, presidida por el juez César San Martín, declaró infundado el recurso de casación presentado por su defensa, que pedía anular el proceso alegando vulneración del debido proceso.

    Durante la audiencia, la defensa de Vizcarra alegó vulneración del debido proceso y la aplicación del principio non bis in idem, que impide ser juzgado dos veces por los mismos hechos. Sin embargo, los magistrados consideraron que no existían fundamentos válidos para anular la etapa de juicio, desestimando así el intento del expresidente de frenar el proceso por cohecho pasivo propio.

    La Fiscalía acusa a Martín Vizcarra de haber recibido más de dos millones de soles en sobornos de las constructoras Obrainsa e ICCGSA, a cambio de favorecerlas con las licitaciones de las obras Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua entre los años 2014 y 2016, cuando se desempeñaba como gobernador regional. El Ministerio Público ha solicitado una condena de hasta 15 años de prisión.

    Con este fallo, el Poder Judicial marca un nuevo revés para la estrategia de defensa del exjefe de Estado, quien enfrenta uno de los procesos más emblemáticos por presunta corrupción en la gestión pública. El juicio oral contra el líder de Perú Primero continuará su trámite ante el sistema anticorrupción.

    Martín Vizcarra: Corte Suprema cuestiona los argumentos de la defensa y ratifica continuidad del proceso

    La Corte Suprema explicó que el recurso de casación presentado por la defensa de Martín Vizcarra carecía de sustento jurídico, pues pretendía volver a debatir un punto que ya había sido resuelto en la etapa intermedia del proceso penal. Para el juez César San Martín, la defensa buscó reabrir la discusión sobre la validez de la acusación fiscal cuando el caso ya había sido admitido a juicio, lo cual vulnera los principios de preclusión y economía procesal establecidos en el Código Procesal Penal.

    El fallo también señaló que la defensa interpuso el pedido de nulidad tres meses después de que se dictara el auto de enjuiciamiento, emitido en julio de 2024. Para el tribunal, ese plazo excedido y la forma en que fue planteado el recurso evidenciaron un uso indebido de la casación, ya que este mecanismo está reservado para corregir interpretaciones erróneas del derecho y no para cuestionar decisiones procesales previamente consentidas. De esa manera, se rechazó los alegatos sobre supuestas vulneraciones al debido proceso y descartó cualquier irregularidad en la apertura del juicio oral.

    Los magistrados aclararon que si bien existen procesos paralelos contra Vizcarra, uno por cohecho pasivo propio y otro por colusión simple, no corresponde al tribunal pronunciarse de manera anticipada sobre una posible duplicidad de acusaciones. La resolución precisa que esa eventual controversia podrá ser evaluada recién en la sentencia o en una instancia superior, si la defensa del expresidente lo plantea formalmente. Con ello, la Corte ratifica que el juicio por los casos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua debe continuar y será el sistema anticorrupción el encargado de revisar el fondo de las imputaciones.


    FUENTE: LA REPÚBLICA

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