• NOTICIA
  • ¿Dina Boluarte vulneró o no la Ley Orgánica de Elecciones? ¿Qué dicen los expertos?

    La candidata a la vicepresidencia por Perú Libre, Dina Boluarte, pidió licencia a su cargo de funcionaria en la Reniec, según esta institución, un mes antes de las elecciones de abril.

    ¿Dina Boluarte vulneró o no la Ley Orgánica de Elecciones? ¿Qué dicen los expertos?

    El miembro del Instituto de Derecho Electoral, José Tello, aseguró que , candidata a la primera vicepresidencia de  no vulneró la Ley Orgánica de Elecciones porque solicitó licencia como trabajadora del con un mínimo de 30 días antes de la fecha de las elecciones, como lo exige una norma transitoria a Ley Orgánica de Elecciones por el contexto de la pandemia.

    ?Se ha solicitado una licencia sin goce de haber con treinta días de anticipación . Es lo que dice la norma. Hay casos en apego al numeral 114 [de la Ley Orgánica de Elecciones] y lo han pedido con sesenta días. Es 30 días lo que dice la norma (?) Si ella era jefa de Reniec hubiese tenido que renunciar seis meses antes. Ella es jefa de una oficina registral y su cargo es muy diferente, es de una funcionaria?, señaló en RPP.

    No obstante, el abogado recalcó que Boluarte está incurriendo en un caso de conflicto de intereses por ser trabajadora pública de un organismo del sistema electoral y ser candidata a la vez.

    ?Ella no puede ser parte del sistema electoral. Recordemos que hay leyes como la ley orgánica del Jurado Nacional de Elecciones que específicamente señalan que las incompatibilidades que se exige para acceder a una clase de jurado son las mismas que se le exigen a los miembros del pleno del Jurado Nacional de Elecciones, por ejemplo en los últimos cuatro años no tener ningún tipo de afiliación o participar en un proceso de elección de voluntad popular. Entonces, la señora Boluarte, siendo candidata y siendo trabajadora de Reniec evidentemente hay un conflicto?, añadió Tello.

    Este hecho se reveló luego que Reniec emitió un comunicado para desmentir que la compañera de plancha presidencial de  cobró su sueldo en el mes de abril, tal como lo afirmó un programa televisivo. Según Reniec, Boluarte pidió licencia sin goce de haber entre el 12 de marzo y el 10 de abril (30 días) por las elecciones generales.

    Para respaldar su Reniec presentó una copia de lo que asegura es la boleta de pago de Boluarte, en la que figura que el cobro de la remuneración de abril equivalió a S/ 0.

    El 22 de agosto del año pasado, el Congreso de la República aprobó la Ley Nº 31038 que establece normas transitorias a la Ley Orgánica de Elecciones, por la emergencia sanitaria. Esta nueva normativa fue diseñada para los comicios generales 2021. La cuarta disposición transitoria señala que: ?La solicitud de licencia sin goce de haber establecida en el artículo 114 de la presente ley, debe serles concedida treinta (30) días antes de la fecha de las elecciones?.

    Mientras que el artículo 114 de la Ley Orgánica de Elecciones dice lo siguiente: ?Están impedidos de ser candidatos los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado, si no solicitan licencia sin goce de haber, la cual debe serle concedida sesenta (60) días antes de la fecha de las elecciones. Igualmente, están impedidos de ser candidatos los servidores y funcionarios públicos que hayan sido cesados y destituidos como consecuencia de inhabilitación dispuesta por sentencia penal?.

    ¿Debió renunciar a Reniec seis meses antes?

    Hay otros juristas que opinan, como Fernán Altuve, que Boluarte debió renunciar a Reniec seis meses antes del proceso electoral.

    Esta opinión se base en el inciso b del Artículo 107 de la Ley Orgánica de Elecciones que señala que no pueden postular a la Presidencia o vicepresidencias de la República: ?Los miembros del Tribunal Constitucional, del Consejo Nacional de la Magistratura, del Poder Judicial, del Ministerio Público, de los organismos integrantes del Sistema Electoral y el Defensor del Pueblo, si no han dejado el cargo 6 (seis) meses antes de la elección?.

    Altuve considera que, al ser Reniec un organismo integrante del Sistema Electoral, y al señalar el inciso b a ?los miembros?, sin precisar algún tipo de exclusión, significa que esta condición se aplica a todos los trabajadores de Reniec, lo que incluye a Boluarte, quien es jefa encargada de la Oficina Registral Surco - Higuereta.

    Por su parte, José Naupari, abogado especialista en derecho electoral, sostuvo que Boluarte no habría vulnerado ningún artículo de la ley electoral debido a que sus artículos 107 y 114 tienen varias formas de interpretarse.

    ?El artículo 107 tiene dos formas de ser interpretado de manera amplia o restrictiva. Si lo vemos de la forma amplia, no importa si el postulante es un trabajador CAS o locador de un organismo electoral. Pero si lo vemos, desde una manera restrictiva ese mismo numeral se refiere a las cabezas, y que estos deben renunciar seis meses antes, y la señora Boluarte no era jefa de Reniec sino una funcionaria y por eso no se aplicó. Quizás vulneró alguna norma interna de Reniec al hacer proselitismo en horario laboral, pero eso lo decidirá la institución?, precisó.

    En esa línea, recalcó que es necesario que el próximo Congreso ?uniformice la Ley Orgánica de Elecciones y llene los vacíos legales? para que pueda aplicarse de manera correcta.


    TE PUEDE INTERESAR