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  • Cooperativas serán incluidas como beneficiarios finales del Fondo Crecer

    Esta norma tiene como objeto impulsar el desarrollo productivo y empresarial de la micro, pequeña y mediana empresa y de las empresas exportadoras por su alto impacto en la economía nacional.

    Cooperativas serán incluidas como beneficiarios finales del Fondo Crecer
    Economía LR

    El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) determinó que las cooperativas también podrán beneficiarse con el Decreto Legislativo Nº 1399, que impulsa el fortalecimiento de la micro, pequeña y mediana empresa y crea el Fondo CRECER.

    Esta norma tiene como objeto impulsar el desarrollo productivo y empresarial de la micro, pequeña y mediana empresa (MIPYME) y de las empresas exportadoras por su alto impacto en la economía nacional, a través del Fondo CRECER, para el financiamiento, otorgamiento de garantías y similares, y otros productos financieros;

    A través del DS Nº 250-2022-EF, se establece que, en adelante, las cooperativas a las que se refiere la Ley General de Cooperativas, con excepción de las cooperativas de ahorro y crédito, podrán ser ?beneficiarios finales? del dispositivo legal.

    Del mismo modo, estarán circunscritas las asociaciones civiles u otras formas asociativas en las que participen exclusivamente las micro, pequeñas y medianas empresas, de acuerdo con lo estipulado en la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial.

    Los dos últimos supuestos serán considerados beneficiarios finales en la medida que sus ventas anuales no superen el monto máximo establecido para la mediana empresa establecido en el artículo 5 del TUO de la ley anteriormente mencionada.


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